Por los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por la parte actora recurrente contra la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en fecha 08 de agosto de 2006.
SEGUNDO: Desistido el procedimiento y terminado el Proceso.
TERCERO: Se exonera de Costas a la parte actora de conformidad con el Artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
CUARTO: Se CONFIRMA la Sentencia apelada.