Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la querella interpuesta por el ciudadano RUBÉN RAFAEL ROJAS ÁVILA, por intermedio de su apoderada judicial, abogada JEANNETTE RODRÍGUEZ QUINTERO, ambos suficientemente identificados en la parte motiva del presente fallo, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VARGAS DEL ESTADO VARGAS.