Por las razones antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA a la Fiscalía Novena del Ministerio Público del Estado Trujillo, una PRÓRROGA de NOVENTA (90) días para que de término a la investigación N° D21-F09-5090-2007(416), iniciada el 10-07-2007, donde aparece como víctima la Adolescente: MIRLEIDIS ALFONSINA CACERES MENDEZ, contra los ciudadanos GONZALEZ ALVARADO y MARILIS ALVARADO, contados a partir del vencimiento de los cuatro meses a que se refiere la Ley Especial., por uno de los delitos previstos y sancionados en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, de conformidad con de conformidad con en el artículo 79 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia en armonía con los artículos 1 y 13 del Código Orgánico .....