Por todas las consideraciones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda propuesta por el ciudadano RAMON ANTONIO ORTEGANA VALERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.317.304, domiciliado en el sector Cerro Libre, Calle Principal, diagonal a la Bodega de Juana Cáñizalez, Parroquia Cuicas del Estado Trujillo, representado judicialmente por el ABG. JUAN ALFONSO VILORIA MONTILLA, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 63.005, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO CARACHE DEL ESTADO TRUJILLO, siendo su representante legal, el ciudadano SOGELL SALLAM, en su condición de Alcalde del Municipio, y judicial la ABG. ARIADNA BEATRIZ APONTE MORALES, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 123.991, en su condición de Síndico Procurador Municipal. SEGUNDO: Se cond.....