Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto en fecha 26 de junio de 2014, por la abogado Tibisay Ovalles Colmenares, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Edmundo José Rodriguez Ovalles, contra el auto dictado en fecha 19 de junio de 2014, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En consecuencia, se NIEGA LA INDEXACIÓN solicitada. Quedó CONFIRMADA la decisión apelada.