Por todas las consideraciones expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de nulidad ....SEGUNDO: No se condena en costas dados los privilegios y prerrogativas que goza el estado Trujillo. TERCERO: Notifíquese la presente decisión mediante oficio al ciudadano Procurador General del estado Trujillo.