DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, obrando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte querellante identificada en autos, contra la decisión proferida por el A quo en fecha 17 de enero de 2023.
SE DECLARA INADMISIBLE la acción posesoria ejercida por las ciudadanas Dalia Rosa Paredes viuda de Sáez y Dairis del Valle Sáez de Cabrera, actuando en nombre propio y en representación sin poder, de sus coherederos Juan Clemente Sáez Paredes, Miguel Alfonso Sáez Paredes y Mirla Josefina Sáez Paredes, contra los ciudadanos Doris Uzcátegui y José Ángel Valero Castellanos,, identificados en autos.
QUEDA MOFIFICADA la sentencia apelada.
De conformidad, con el artículo 281 del Código de Procedimie.....