Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Primero: SE EJECUTA sentencia dictada por el Tribunal de Control 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, en la cual: condena al ciudadano CARLOS LUIS MORALES ESCALONA, a cumplir la pena de CINCO AÑOS, SEIS MESES Y VEINTICINCO DIAS de prisión mas las accesorias establecidas en el artículo 16 del Código penal, a saber, inhabilitación política durante el tiempo de la condena y sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena terminada ésta, por los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, LESIONES UNTENCIONALES MENOS GRAVES Y LEVES Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 458 en concordancia con el 80, 413, 416 y 277 del Código Penal, en perjuicio de JOSE GUILLERMO QUINTERO, JOSE RUBEN MORENO Y EL ORDEN PUBLICO. SEGUNDO: No existen costas por ser ejecutadas, vista la decisión firme a ejecutar.....