Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, ACUERDA la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano ADELIS DE JESÚS ARAUJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.262.322, casado, de 40 años de edad, nacido en fecha 10-12-66, agricultor, hijo de Hugo Bastidas y de Yolanda Araujo, residenciado las Mesitas, calle principal, casa s/n, al lado del puente de la entrada de las mesitas, casa de color blanca, puerta roja, al lado de la señora Yolanda Araujo quien es mi mamá, Estado Trujillo, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal parcialmente reformado, en agravio del Orden Público; a cumplir la pena de UN (01) AÑO y SEIS (06) .....