DECLARA CON LUGAR el Recurso de Apelación de auto interpuesto por el Abogado DENNYS ALEXANDER GOGOY signado con el Nº TP01-R-2014-000172 actuando con el carácter de defensor del procesado JOSE GREGORIO AVENDAÑO, recurso éste ejercido en contra de la decisión tomada y publicada en fecha 12 de mayo del 2014, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, que declara: "...Por todas las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Penas y Medidas de Seguridad Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. ACUERDA: En mantener el cómputo de pena realizado el 05-02-2.014 seguido al ciudadano JOSE GREGORIO AVENDAÑO, Titular de la Cédula de Identidad N° 12.044.07...".
SEGUNDO: Se REVOCA el auto recurrido y se ordena que un Juez de Ejecución distinto al que dictó el auto recu.....