En este estado el juez Segundo de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo en funciones de control, vista y oídas las exposiciones de las partes, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: Decreta la aprehensión como Flagrante de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: el Procedimiento Ordinario previsto en el artículo 372 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal TERCERO: Se decreta medida Cautelar Sustitutiva de libertad, previsto en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentación periódica cada 15 días ante la Prefectura del Municipio Motatan Estado Trujillo, al ciudadano JOSE ALBERTO DELGADO LEAL, por el delito OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas,.....