Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad d e la Ley, EN PRIMER LUGAR; admite la acusación presentada por contra el ciudadano IVAN GERARDO PARRA RIVAS, venezolano, de 28 años de edad, cédula de identidad N° 14799702, soltero, residenciado en la vía principal, casa sin número , al frente de la Licorería Distribuidora García d Santa Isabel, Municipio Bolívar estado Trujillo, por la comisión del Delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42, encabezamiento de la Ley Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de violencia, en agravio de la ciudadana ISABEL TERESA FRANQUI TERAN, y EN SEGUNDO LUGAR, se le SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PROCESO al ciudadano, IVA GERARDO PARRA RIVAS, por el lapso de UN AÑO, debiendo en consecuencia imponérsele las condicio.....