este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante Isaac Chacon Maldonado, quien falleciera ab-intestato en fecha 07 de octubre de 2006, según consta del acta de defunción expedida por la oficina de registro civil de la Alcaldía del municipio Trujillo, signada con el Nº 224, a los ciudadanos: Carmen Amelia Gudiño de Chacon, María Florencia Chacon G. de Torres, Reina María Chacon Gudiño, Isabel Cristina Chacon Gudiño, María Chacon Gudiño y Jairo Elias Chacon Mendez, en su condición de esposa, hijos y nieto del causante Isaac Chacon Maldonado. Se dejan a salvo los derechos que los terceros pudieran tener ante el presente decreto. Devuélvanse todas las actuaciones en original a la solicitante y déjese copia fotostática certificada de las mismas en el archivo del Tribunal.
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