- III -
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA: en el presente proceso de OFERTA REAL DE PAGO, que hiciera el ciudadano IVÁN JOSÉ DAVID MORALES-BELLO ARAGÓ, a favor de PROMOCIONES 1 T.T. C.A., terminado el presente Asunto.
Publíquese y regístrese la presente decisión, dejándose copia certificada de la misma en el libro copiador de sentencias llevado por este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 de la Ley Adjetiva Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. En Caracas a los dieciocho (18) días del mes de septiembre de 2012, a 202° a.....