Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 7, del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad e la Ley, EN PRIMER LUGAR, DECRETA LIBERTAD SIN RESTRICCIÓN a Rafael Maria Briceño Peña, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 5148341, natural de Trujillo, nacido el 18-007-1956, divorciado, de 51 años de edad, ocupación mecánico, hijo de Elio Briceño y Ramona Peña, con sexto grado de primaria de instrucción, residenciado avenida independencia con calle Mariño, casa Nª 10-13, detrás de la escuela a Rafael Maria Villasmil, Trujillo del Estado Trujillo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal y 44 constitucional.
Remítanse las actuaciones transcurrido el lapso de Ley.
La Juez,
El Secretario
Elsa Trinidad Román Bravo
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