Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 7, del Circuito judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad e la Ley, EN PRIMER LUGAR, CALIFICA COMO FLAGRANTE la aprehensión de que fue objeto el ciudadano CESAR AUGUSTO MENDOZA SILVA: venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° V- 9.171.260, de ocupación Chofer, hijo de Maria Sosita de Mendoza y Macial Mendoza, natural Mene Grande, de 46 años de edad, nacido en fecha 17-10-1.961, residenciado en Barrio Caja de Agua, Parte Media, calle principal, casa azul s/n, frente a la iglesia adventista, Valera Estado Trujillo. , por la comisión del delito de amenazas, previsto y sancionado en el articulo 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de la ciudadana MARYURI MENDOZA, , de conformidad con lo estable.....