este Juzgado de Primera Instancia de Violencia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley; con fundamento en el artículo 79 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, CONCEDE PRORROGA DE NOVENTA (90) DÍAS, al Ministerio Público a los fines de concluir la investigación Nº 21-F09-5611-2008(428), contra el ciudadano: JOSÉ GREGORIO CRESPO BARAJAS, en perjuicio de la adolescente ELVA ALEXINDRI GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, por uno de los delitos previstos y sancionados la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, de conformidad con el artículo 79 de la misma Ley Especial, contados a partir del vencimiento de los cuatro meses a que se refiere la Ley Especial, la cual vence el 17-01-2009. Llévese el respectivo registro a los fines contemplados en el artículo 103 de la Ley Especial.