DISPOSITIVA:
EN PRIMER LUGAR, ADMITE LA ACUSACIÓN PRESENTADA por los Abogados, JOSE LUIS MOLINA, DYGNA MARY ARAUJO Y ANA ZAMBRANO, actuando con el carácter de Fiscal Quinto y Auxiliar del Ministerio Público contra los ciudadanos, CARTAYA CANELO JEAN CARLOS, PARRA SUAREZ LEONARDO ALEXANDER , MATOS LEON JOSE GREGORIO , y ANDRADE GARCIA LUIS ALBERTO, por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano, Y CONTRA MARQUEZ NUÑEZ WILMER MANUEL, venezolano, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.657.559, de profesión Tecnico Medio, natural de Valera en fecha 28-05-89, hijo de Manuel Felipe Márquez y Cornelia Núñez de Márquez, residenciado en la avenida principal de la Hoyada , Sector el Paraíso, casa Nº 08, Carvajal estado Trujillo, por el delito de COOPERADOR EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO, en perjuicio de la ciudadana ELBA ROSA PAREDES, EN SEGUNDO LUGAR, ADMITE LOS MEDIOS DE PRUEBAS o.....