declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de auto interpuesto por el Abg. JOSE LUIS OROPEZA ALMAO, actuando con el carácter de Defensor de Confianza del ciudadano LEONARDO ALBERTO OSAL ANGULO, en la causa penal Nº TP01-P-2015-000191, recurso éste ejercido en contra del Auto de fecha 26 de Marzo de 2015, que declara: "...PRIMERO: visto que EL ACUSADO OSAL ANGULO LEONARDO ALBERTO..., NO ADMITIERON LOS HECHOS, SE DECRETA EL AUTO DE APERTURA A JUICIO CONTRA el CIUDADANO: OSAL ANGULO LEONARDO ALBERTO, se declara sin lugar la solicitud de la defensa respecto al sobreseimiento y el cambio de calificación, se admite por el delito de ROBO AGRAVADO, EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el articulo 458 del código penal en grado de coautores previsto y sancionado en el articulo 83 ídem, y el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 5 y 6 numerales 1, 2 y 3 de la ley sobre el hurto y robo de vehiculo automo.....