DECLARA CON LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO interpuesto por el Abg. ROBERTO DE JESUS DURAN INFANTE., actuando con el carácter de Defensor Privado del ciudadano LUIS FELIPE DATICA VILORIA, en la causa penal Nº TP01-P-2016-001583, recurso éste ejercido en contra del Auto de fecha 20 de Febrero de 2016, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 7 del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, que declara: "... observa el Tribunal que estamos en presencia de la aprehensión flagrante de conformidad a lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, del imputado LUIS FELIPE DATICA VILORIA, la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL DELITO, previsto y sancionado en el articulo 9 de la ley Sobre el Hurto y robo de vehiculo automotor y ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el articulo 37 de la Ley contra la delincuencia organizada y financiamiento al Terrorismo, elementos de convicción.....