Por los razonamientos anteriormente señalados, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada Idanne Hernández, actuando con el carácter de Fiscal Quinta del Ministerio Público. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión recurrida. Líbrense recaudos de encarcelación al Director del Internado Judicial del estado Trujillo. Cúmplase.
Publíquese la presente decisión, regístrese y Diarícese en los libros correspondientes llevados por este Órgano Colegiado. Remítase la presente incidencia al Tribunal de origen. Cúmplase.