Por todas las razones expuestas, esta Sala Especial de la Corte de Apelaciones Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación Nº TP01-R-2013-000256, interpuesto por los Abg. LARRY ANTONIO SUCRE HERNÁNDEZ, NILDA DANIELA GRATEROL MONTILLA y MIGDALIA MEJIA GONZALEZ, en el carácter de Fiscal Provisorio y Fiscales Auxiliares Interinas, respectivamente, adscritos a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con competencia en Materia Contra La Corrupción, en la causa seguida a los ciudadanos OSWALDO JOSE RUKOS VILLEGAS, JUAN JOSE RUKOS BARRUETA Y CARLOS SIMON CARRILLO MORALES quienes figuran como procesados en la causa signada con la Nomenclatura TP01-P-2013-012381 por la comisión del delito d.....