declara: PRIMERO: SIN LUGAR: el Recurso de Apelación de auto interpuesto por el Abg. ALEJANDRO ANTONIO MARTINEZ GARCIA, procediendo con el carácter de Fiscal Provisorio en la Fiscalía Décima Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, ejercido en contra de la decisión tomada y publicada en fecha 29-08-2014, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Nº 02 que declara "...Con lugar el beneficio de Destacamento de Trabajo al ciudadano RAMON HIPOLITO VARGAS, (...), por el delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, previsto y sancionado en el artículo 149 Primer aparte en concordancia con el artículo 163 numeral 11º de la Ley Orgánica de Drogas en agravio de LA SOCIEDAD, condenado a la pena, A CUMPLIR LA PENA DE TRECE AÑOS Y CUATRO MESES de PRISION, mas las accesorias.. SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión recurrida. Remítase al Tribunal de origen.