Por todas las razones expuestas, esta Sala Especial de la Corte de Apelaciones Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR el Recurso de Apelación Nº TP01-R-2013-000139, interpuesto por los Abogados JOSE VICENTE SANDOVAL Y GIOVANNY DE JESUS CORDERO, defensores del ciudadano MANUEL ANTONIO HERNANDEZ en la causa signada con la Nomenclatura TP01-P-2013-003365, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE A TÍTULO DE DOLO EVENTUAL, previsto y sancionado en el Artículo 405 del Código Penal en concordancia con el Artículo 61 ejusdem con la agravante prevista en el Artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control del Circuito Ju.....