CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Daniel Quevedo, actuando con el carácter de Fiscal X del Ministerio Público, contra la decisión dictada en fecha 19 de octubre de 2015, por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, Sección Adolescentes.
Segundo: Se Anula la decisión objeto de impugnación, y se califica la flagrancia en la aprehensión del Adolescente , por los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto en el articulo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano JOSE HERNANDEZ y ROBO AGRAVADO, previsto en el articulo 458 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana ARROYO FRANYER, imponiéndose la Detención Preventiva establecida en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, como medida cautelar, rigiéndose a partir de este fallo la aplicación del artículo 560 eiusdem.
Tercero Se acuerda publicar la presente decisión agregándola al expediente respectivo, anotarla.....