De lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el Abogado CARLOS NUÑEZ, actuando con el carácter de defensor privado del ciudadano: RICHARD ANDERSON LINARES ESPINOZA, en la causa penal Nº TP01-P-2013-000264, contra el Tribunal Cuarto Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal.
Regístrese, notifíquese y publíquese
Dada, firmada, sellada y refrendada, en la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, en Trujillo a los veintitrés (23) días del mes de agosto del año dos mil trece (2013). Año 203° de la Independencia y 154° de la Federación.