declara: PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación de auto interpuesto por la Abg. Adela Matos Palomares, en su carácter de defensora del procesado CHEN JINGHONG, recurso éste ejercido en contra de la decisión tomada y publicada en fecha 22 de agosto de 2014, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 05 que declara la Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano CHEN JINGHONG, anulándose la misma, decretándose en su lugar las medidas cautelares de Detención Domiciliaria, Prohibición de salir sin autorización del país, establecida en los numerales 1 y 4 del articulo 242 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se Modifica EL AUTO RECURRIDO. Líbrese boletas de excarcelación, traslado y oficio al SAIME a los fines de ejecutar las medidas cautelares acordadas.