III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada contra la decisión de fecha 27 de Julio de 2010 dictada por el Tribunal de la causa.
Se declara la FALTA DE CUALIDAD de la codemandante Yaneth Coromoto Osechas Cabrera para proponer la presente demanday, por tanto, debe ser excluida de la comunidad y desestimarse, como en efecto, SE DESESTIMA su pretensión.
Se declara CON LUGAR la presente demanda de partición .
Se declara que los comuneros nombrados en el punto que antecede CONCURREN en la partición, en las siguientes proporciones: a la cónyuge sobreviviente, ciudadana María Delia del Carmen García de Manzanilla, toca el cincuenta por ciento (50%) del valor del inmuebl.....