III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la demandante contra el auto de fecha 30 de Marzo de 2009 dictado por el A quo.
Se declara INADMISIBLE la presente demanda de rendición de cuentas propuesta por la ciudadana MARÍA VICENTA VILLA BENCOMO contra los ciudadanos AQUILES DE JESÚS CARDENAS SUE y OLIMPIA MILAGROS PARRA DELGADO, todos identificados en autos.
Se CONFIRMA el auto apelado.
Dada la naturaleza de este fallo, no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese y regístrese la presente sentencia.
Remítase al Tribunal de la causa el presente expediente, en su oportunidad legal.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tr.....