D E C I S I O N
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la inhibición planteada por la ciudadana Juez Temporal del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Estado Trujillo, por lo que su inhibición debe declararse sin lugar y, en consecuencia, ordenársele, como en efecto SE LE ORDENA que conozca y decida la inhibición planteada por el ciudadano Juez Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de esta Circunscripción Judicial, y que fuera formalizada por éste dentro de la comisión distinguida con el número 15.690, que para practicar citación le fuera conferida en el juicio que por cumplimiento de contrato de préstamo sigue Banesco, Banco Universal, C. A., contra los ciudadanos .....