En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida por la apoderada de la parte actora, contra la sentencia definitiva dictada por el A quo el 22 de Septiembre de 2004.
Se declara CON LUGAR la presente demanda y por tal virtud, RESUELTO el contrato de promesa bilateral de compraventa celebrado entre la demandante, ciudadana NEVIC MAR BRICEÑO RIVERO, como promitente compradora y el ciudadano NELSON DE JESÚS VÁSQUEZ ANGULO, como promitente vendedor y que versa sobre el inmueble constituido por un apartamento en propiedad horizontal, distinguido con los números 02-03, ubicado en el bloque 01, edificio 01, de la urbanización La Beatriz, Parroquia La Beatriz, Municipio Valera del Estado Trujillo; con una superficie de 60,72 m2, .....