D E C I S I Ó N
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición planteada en el presente caso respecto del abogado Gerar Ozonian Puzantian, así como la inhibición planteada respecto de la abogada Johana Carolina Rumbos Briceño, pero no por las razones alegadas por el juez inhibido, sino por las que se dejan establecidas en esta sentencia.
Se APERCIBE al ciudadano Juez Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de esta Circunscripción Judicial, abogado Ramón Eduardo Butrón Viloria, de que en lo sucesivo deberá abstenerse de remitir a los tribunales de primera instancia los cuadernos contentivos de sus inhibiciones y, en su lugar, enviarlos a este competente Tribunal Superior.
Se ORDENA not.....