III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, obrando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara con LUGAR la apelación ejercida por la presunta agraviante contra la decisión proferida por el A quo en fecha 21 de Diciembre de 2011, en el presente juicio de amparo constitucional seguido por los ciudadanos Yexenia Linares I., Carmen González, María Camacho M., Juvenal Ruíz Araujo, Bety Sánchez M., Hénder A. Parra, Jesús Molina Araujo, Róger Pérez Pérez, Gonzalo Camacho C., Edgar Márquez Q., María Abreu de M., Elviali Barrueta R., Reinaldo Moreno G., Énder Leal Rojas, José Sabino Villa y José Neptalí Enríquez contra la ciudadana Edith Gisela Perdomo de Vieras, todos identificados en autos.
Se declara la NULIDAD de la audiencia constitucional.....