III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el apoderado de la querellante contra la decisión proferida por el A quo, en fecha 22 de Enero de 2013.
Se CONFIRMA la decisión apelada y, en consecuencia, se declara INADMISIBLE la querella interdictal restitutoria incoada por la ciudadana Yoli Josefina Graterol Godoy, identificada en autos, contra de los ciudadanos Frank Ernesto Matos Albarrán, Darlys Ylenia Matos Albarrán, Carlos Eduardo Matos Albarrán, Marbelis Isabel Matos Albarrán y Francisco Javier Matos Araujo.
Dada la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese y regístrese la presente sentencia.
Remítase al Tribunal de la causa este expedien.....