III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores, de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, obrando en sede constitucional, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el presente recurso de amparo, propuesto por el ciudadano Rafael Ramón Infante Peña, contra decisión adoptada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial, el 9 de Noviembre de 2010, en el expediente número 23.928, contentivo del juicio de amparo constitucional propuesto por la ciudadana Nilvia González Briceño, contra sentencia proferida por el Juzgado Accidental Primero de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, el 20 de Julio de 2010, en el juicio que por resolución de contrato de compraventa propusieron los ciudadanos .....