este Tribunal Superior, sin prejuzgar acerca del contenido de dicha transacción, sino atendiendo exclusivamente a tal manifestación de voluntad de desistimiento del presente recurso de apelación expresada por la representante judicial de la persona jurídica mercantil apelante, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO DE LA PRESENTE APELACIÓN. En consecuencia, se ordena remitir el presente expediente al Tribunal de la causa, con oficio.
EL JUEZ SUPERIOR,
Abog. RAFAEL AGUILAR HERNÁNDEZ
LA SECRETARIA,
Abog. RIMY E. RODRÍGUEZ A.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado en el auto que antecede y se remitió el referido expediente al Tribunal de la causa con oficio número 0540-559-2013.
LA SECRETARIA,