D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de nulidad de matrimonio propuesta por la ciudadana LIRIAM LORENA ALDANA CASTELLANOS contra el ciudadano JOSÉ YSAÍAS GUDIÑO TERÁN, ya identificados.
En consecuencia, se declara NULO el matrimonio que ambas partes contrajeron por ante la Prefectura de la Parroquia Santa Ana, Municipio Pampán del Estado Trujillo, el 10 de Agosto de 1992.
Se ORDENA remitir sendas copias certificadas de esta sentencia al ciudadano Registrador Civil Principal del Estado Trujillo y al ciudadano Registrador Civil del Municipio Pampán del Estado Trujillo, a los fines de que sean estampadas en las actas correspondientes al matrimonio que aquí se declara nulo,.....