III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada, contra la sentencia definitiva dictada por el A quo en fecha 13 de Octubre de 2008.
Se declara CON LUGAR la presente demanda que por resarcimiento de daños materiales derivados de accidente de tránsito, propuso la ciudadana ZULAY COROMOTO CALDERA VILLEGAS contra el ciudadano DANNY JOSE DIAZ, ambos identificados en autos.
En consecuencia, SE CONDENA al demandado, ciudadano DANNY JOSE DIAZ, a pagarle a la demandante, ciudadana ZULAY COROMOTO CALDERA VILLEGAS, la cantidad de QUINCE MIL SETECIENTOS TREINTA BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 15.730,oo), por resarcimiento de los daños materiales causados por el demandado al ve.....