III
DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, obrando en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR, la apelación ejercida por el apoderado judicial de la parte actora, contra el auto de fecha 13 de Julio de 2011, dictado por el A quo, en el juicio que por acción merodeclarativa de concubinato propuso el ciudadano Filadelfo de Jesús Valecillos contra la ciudadana Marilys Josefina Alvarado Cáseres y que se tramita en el expediente número 11.570-11 llevado por el Tribunal de la causa.
Se declara IMPROCEDENTE el decreto de las medidas preventivas de prohibición de enajenar y gravar y de secuestro solicitadas por el apoderado judicial del demandante.
Se CONFIRMA el auto apelado.
Dada la naturaleza de este fallo, no hay especial condenatoria en costas.
Regístrese y publíquese la present.....