III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada, contra la decisión dictada por el A quo en fecha 30 de Septiembre de 2008.
Se declara CON LUGAR la presente demanda que por cobro de letra de cambio propuso la ciudadana ANA ISABEL BRICEÑO CORONADO contra la ciudadana CONSUELO CALDERA VALDIVIEZO, ambas identificadas en autos.
En consecuencia, se CONDENA a la ciudadana CONSUELO CALDERA VALDIVIEZO a pagar a la ciudadana ANA ISABEL BRICEÑO CORONADO las siguientes cantidades: DIEZ MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 10.000,oo), monto de la cambial fundamento de la demanda y DOS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 2.500,oo), por concepto de costas, incluidos en éstas los hono.....