Por las razones antes expuestas este Tribunal 1° de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: Protección a la ciudadana WENDY SOFÍA CARDOZO MENDOZA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° 14.460.152, y su familia, de conformidad con lo establecido en el artículo 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 120 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. A tal fin ofíciese a la Comandancia General de las Fuerzas Armadas Policiales a fin de que se designe a los funcionarios adscritos al Departamento Policial N° 20, con sede en la ciudad de Valera del Estado Trujillo, para que efectúen diariamente las Rondas Policiales aquí acordadas. Notifíquese a las Fiscalías IV y Superior de este Estado y a la víctima cuya protección se acordó. Cúmplase.-
La Jueza de C.....