Con base en los razonamientos explanados, Este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal, en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la ley, Decreta PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 330 del código orgánico procesal penal, en concordancia con los artícuilos con el artículo 367 y 376 eiusdem Condena al ciudadano Alexis Athair Delgado , a cumplir la pena de UN AÑO (01) Y SEIS MESES (06) de prisión por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código penal, más las accesorias de ley. SEGUNDO: Remítase al Tribunal de Ejecución la causa en la oportunidad de ley. TERCERO: De conformidad con lo estabelecido en el numeral 4 del artículo 330 ibidem, se acuerda Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad cada 30 días. CUARTO: Se señala como fecha de cumplimiento de pena, el día 01.....