Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: Primero: Se ordena la aplicación del Procedimiento Especial, previsto en el articulo 94 y siguientes de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujeres a una Vida Libre de Vio, ya que considera quien aquí juzga, que de las actas se evidencia la comisión por parte de INDALECIO ENRIQUE CABRITA FARIAS de un hecho punible como lo es VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de la ciudadana AARELYS ARANFIA RIVERA. Segundo: Se decreta la Aprehensión en Flagrancia de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y del 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Tercero: se decreta la medida cautelar Sustitutiva de libertad al ciudadano INDALECIO ENRIQUE CABRITA FARIAS, titular de la .....