este tribunal segundo de primea instancia en funciones de control del circuito judicial penal del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: Primero. De conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 330 del código orgánico procesal penal, en concordancia con los artículos 367 y 376 eiusdem, condena al ciudadano LIBORIO JOSÉ RODRIGUEZ cumplir la pena de tres ( 03 ) años de prisión, mas las accesorias de ley, a que se refiere el articulo 16 del código penal, que cumplirá tentativamente el día 21 de Noviembre de 2010, por la comisión del delito Hurto Calificado, previsto y sancionado en el articulo 455 numeral primero del Código Penal reformado, en perjuicio del Centro Clínico de Cirugía José Gregorio Hernández, Segundo: De conformidad con lo establecido en el numeral del articulo 330 numeral 5 del código orgánico procesal penal, en concordancia con el 256 eiu.....