DISPOSITIVO
Como consecuencia de todos los razonamientos precedentes, este Tribunal, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con base en los artículos 115 y 116 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 311 del Código Orgánico Penal, ORDENA la devolución del vehículo descrito supra, al señor FRANCISCO JOSÉ BARRIOS VILORIA, su propietario, sin ninguna restricción y sin que tenga que pagar gastos de grúa o estacionamiento o guarda del automóvil.
Dada en su forma verbal en la Sala de Audiencias del Tribunal de Control número 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, en Trujillo, Estado Trujillo, a los ocho (8) días del mes de agosto de 2007, y redactada, firmada, sellada, publicada, leída y agregada a los autos en su versión escrita, el diez (10) de agosto de 2007,
años 197° de la Independencia y 148°.....