Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR LA EXCEPCIÓN opuesta por la defensa privada, por cuanto no se le ha vulnerado el derecho a la defensa ni el debido proceso, SEGUNDO: ADMITE la acusación presentada por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, contra el ciudadano LUIS ALEXANDRO CAMACHO RIVAS, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 12.043.304, natural de Valera Estado Trujillo, nacido en fecha 19-04-1971, con 2do año de instrucción, de 36 años de edad, de ocupación comerciante, hijo de Luís Alberto Camacho y Carmen Rivas de Camacho, residenciado en la Ciénega, calle 13 final, casa S/N, de color blanca cerca de la casilla, Municipio Valera del Estado Trujillo, por el delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIE.....