Por las anteriores razones de hecho y fundamentos de derecho, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide: Primero: Admite la Acusación Fiscal y pruebas presentadas contra el ciudadano: RUBEN ALIRIO MORENO MATHEUS, venezolano, Cédula de Identidad N° 9.314.839, soltero, herrero, hijo de José Moreno y Angela Matheus, de 45 años de edad, nacido el 15-04-62, natural de Valera, residenciado en calle 8, Barrio el Milagro, Nª 1-18, casa color blanca y rejas azul, Valera, Estado Trujillo, de conformidad con el artículo 330 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de Ocultamiento Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 31 de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópica.....