ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD de conformidad con el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal al ciudadano Héctor José Simancas Guerrero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.894.313, nacido el 15-12-72, casado, de 34 años de edad, comerciante, hijo de Olga Margarita Simancas y Héctor José Guerrero, residenciado en la Avenida Colon, casa Nº 21, Urbanización Los Ángeles, Sabana de Mendoza Estado Trujillo, teléfono 0271-5114455, debiendo cumplir con las condiciones establecida en el ordinal 3° Presentación periódica cada 60 días por ante este Tribunal contados a partir de la presente fecha, se decreta la aprehensión en flagrancia y la aplicación del Procedimiento Ordinario. Se acuerda remitir las actuaciones a la Fiscalía III del Ministerio Publico en su oportunidad legal. El contenido de la presente acta debe entenderse como la resolu.....