Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 7, del Circuito judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad e la Ley, EN PRIMER LUGAR, CALIFICA COMO FLAGRANTE la aprehensión de que fue objeto el ciudadano JHONATHAN RAMON FAJARDO LOZADA, venezolano, portador de la cedula de identidad Nº 15.193.710, Natural Valera Estado Trujillo, de 28 años de edad, fecha de nacimiento 07-03-1979, soltero, ocupación Obrero, hijo de Juan Fajardo y Amparo Lozada, residenciado en San Luis, Parte Alta, Casa S/Nº a una cuadra bajando de la Bodega San Luis, Valera Estado Trujillo lo , por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de la ciudadana AMPARO LOZADA BARRIOS, quien, según el Representante del Ministerio Público, , de conformi.....