Por las razones antes expuesta, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control N° 7, del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la desestimación solicitada por Los Abogados LENIN TERAN Y SANDRA SALAS, actuando con el carácter de Fiscal Segundo Y Auxiliar del Ministerio Público de la denuncia presentada , por el TORRES BARRETO EDICSON FELIPE, casado, venezolano, cédula de identidad N° 9328108, oficial de policía, residenciado en la urbanización Jiménez, calle 30 casa N° 15, Pampanito estado Trujillo, de conformidad con lo establecido en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a los Fiscales solicitantes y regrésense las actuaciones transcurrido el lapso de Ley.
LA Juez, El Secretario
Abg. Elsa Trinidad Román Bravo .....